El próximo 28 de junio entrará en vigor la ordenanza de los garitos de las fiestas, elaborada por la Concejalía de Régimen Interior del Ayuntamiento de Barbastro. Con ella se pretende establecer las normas a respetar en dichos locales, habitualmente utilizados por los jóvenes.
Tradicionalmente, las peñas han sido un elemento fundamental en las fiestas de los pueblos y ciudades, aglutinando a los ciudadanos, principalmente a la juventud, sirviendo de punto de encuentro y diversión, y colaborando en muchos casos activamente con los Ayuntamientos y comisiones de festejos en la organización de actos festivos.
Estas normas son de aplicación en el término municipal de Barbastro a las peñas y garitos que se establezcan con motivo de las fiestas patronales. La ordenanza establece qué tipo de locales están sujetos a esta normativa y las fechas de su apertura y cierre, que deben ajustarse al calendario oficial de las fiestas patronales.
Los interesados en abrir un local como sede de una peña o garito deben solicitar previamente al Ayuntamiento una autorización para su apertura. Los locales, que necesariamente deben tener acceso directo a la vía pública, deben reunir buenas condiciones de habitabilidad y ventilación, disponer de luz eléctrica, aseos, agua corriente y extintor, quedando expresamente prohibido el almacenamiento y colocación de enseres o material que pueda producir riesgos.
La normativa establece multas que oscilan entre los 150 euros de las leves a los 500 como máximo de las graves para los infractores que incumplan alguno de los puntos establecidos en esta ordenanza.
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